Conforme a la Base Octava in fine, se requiere a los candidatos seleccionados para que aporten en el plazo de 5 días naturales la documentación que acredite sus circunstancias laborales y personales, no creando derecho alguno para los candidatos/as seleccionados/as en caso de incumplimiento de alguno de los requisitos exigidos o méritos alegados o haberse observado inexactitud o falsedad en la solicitud aportada.