-Ejercer la Guarda de los niños, niñas y adolescentes en base a lo estipulado en el artículo 172 del Código Civil. – Representar al CPAV y a los niños, niñas y adolescentes ante la Dirección General competente en materia de Infancia y ante otras instituciones (justicia, educación, salud…) – Dirigir, gestionar y coordinar todos los servicios educativo-asistenciales del CPAV. – Supervisar y coordinar el trabajo de todo el personal. – Gestionar la prestación directa de los servicios objeto de la concertación social. – Garantizar la adecuada elaboración de toda la documentación pertinente y su remisión a la Dirección General competente en materia de Infancia. – Presentar mensualmente en la Dirección General competente en materia de Infancia la relación de personas menores de edad o que hayan residido a lo largo del mes en el CPAV. – Presentar anualmente en la Dirección General competente en materia de Infancia la relación de profesionales, detallando las modificaciones y sus causas. – Comunicar a la Dirección Provincial y a la Dirección General competentes en materia de Infancia cualquier modificación relativa al personal que trabaja con los niños, niñas y adolescentes, cuando se produzca. – Gestionar adecuadamente tanto los recursos económicos como los de personal con el fin de proporcionar una adecuada atención a los niños, niñas y adolescentes. – Elaborar, controlar y realizar el seguimiento del plan económico. – Responsabilizarse de la provisión de fondos para el CPAV. – Velar por el correcto mantenimiento del edificio y sus estructuras. – Evaluar el funcionamiento del CPAV tanto a nivel estructural como del personal, a través de una memoria anual sobre las actividades de la entidad en relación con la actividad prestada. – Realizar la coordinación interna del equipo. – Identificar necesidades y proponer mejoras para el trabajo educativo. – Apoyar emocionalmente al equipo profesional,